MARIA EN PIE DE LUCHA

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sábado, 24 de abril de 2010

COMUNICADO DE LA COMISION ISLAMICA DE ESPAÑA A PROPOSITO DE LA PROHIBICION DEL HIYAB EN UN INSTITUTO

Comisión Islámica de España Madrid Nota de prensa. Sobre la situación creada por la dirección del IES. Camilo José Cela Asistimos con tristeza y preocupación a las decisiones del Instituto de Enseñanza Secundaria “Camilo José Cela” de Pozuelo de Alarcón (Madrid) mediante las que expulsan a una alumna musulmana por portar tocado religioso basándose en un reglamento de régimen interno, disconforme al ordenamiento jurídico vigente, el cual rehúsan reformar. Lo que se espera de un colegio o instituto es que eduque en la tolerancia y el respeto a los demás, incluidas sus convicciones, ya sean religiosas, políticas, sindicales, filosóficas, sociales, o de cualquier otro orden, lo que lo hace aún más preocupante. A este respecto, siempre debemos tener presente nuestro marco constitucional: “Art. 16. 1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.” Los representantes de la Comisión Islámica de España afirmamos categóricamente que, en el seno de la comunidad musulmana de nuestro país, el hiyab no se impone ni se prohíbe, sino que es una prenda de vestir de libre elección, totalmente respetable, de modo que las musulmanas, deben ser respetadas en su libertad de elección, si tomasen los hábitos, y aun en edad temprana, con la prudencia y observancia necesarias para verificar una pronta vocación, siempre bajo el principio básico de “ni imponer, ni prohibir”. También debemos recordar de la Ley 26/92-noviembre-10: “Art. 6. A los efectos legales, son funciones islámicas de culto, formación y asistencia religiosa, las que lo sean de acuerdo con la Ley y la tradición islámica, emanadas del Corán o de la Sunna y protegidas por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa.” Esta última mencionada asimismo establece: Art. 3.1. El ejercicio de los derechos dimanantes de la libertad religiosa y de culto tiene como único limite la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública, elementos constitutivos del orden público protegido por la ley en el ámbito de una sociedad democrática.” A la par del derecho de la alumna al ejercicio de su libertad religiosa, que en este caso implica una manifestación externa de su vocación en su atuendo, debemos hacer hincapié en la prioridad del ejercicio de su derecho a la educación, teniendo en cuenta su también derecho a la propia imagen, sobre cualquier normativa de rango inferior, la cual debería ser elaborada dentro de nuestro marco constitucional y legal. En nuestro entorno ciudadano en España hay mujeres religiosas, que deciden cubrir su cabeza con algún tipo de prenda, siguiendo su orden religiosa o libremente; y todo ello dentro del marco constitucional sobre la libertad religiosa. Los tópicos y estereotipos infundados provocan la incomprensión de la vocación religiosa femenina, llegando algunos a arremeter contra las religiosas practicantes que han tomado los hábitos, acentuando más su oposición contra las más visibles en el seno de la sociedad civil: las musulmanas, quienes, como las católicas, cubren sus cabellos, en este caso con un pañuelo o hiyab, no siendo ciertos los estereotipos vertidos sobre la comunidad musulmana española e internacional sobre supuestas imposiciones despóticas y machistas, sino simplemente el signo visible de una vocación, en este caso temprana pero respetable como las demás. El efecto sobre nuestros jóvenes musulmanes, conciudadanos españoles, si se permite que existan centros “educativos” con regímenes internos caprichosos, creando distinciones entre centros tolerantes e intolerantes, es desalentador y desarma todo el trabajo realizado para la convivencia escolar y ciudadana, habiéndose creado brechas sociales y guetos, si prolifera la impunidad de dichos regímenes en nuestra sociedad, en centros de enseñanza que deberían educar en valores de convivencia, respeto y ciudadanía. Debemos trabajar en pos de una convivencia pacífica y productiva; crear barreras y brechas es irresponsable, y puede generar posturas de intolerancia y totalitarias. Respetemos las convicciones religiosas personales y la libertad individual, ya que dejando que se politice el tema, aumentará la intolerancia, y las únicas perjudicadas serán unas muchachas inocentes, resintiéndose toda nuestra sociedad. Madrid: 21 de abril de 2010. Comisión Islámica de España Ni imponer ni prohibir el hiyab España impulsa la laicidad positiva, es decir valora el irreemplazable papel de todas las religiones en la formación de las conciencias Opinión - 24/04/2010 9:51 - Autor: Josep María Felip - Fuente: El País Etiquetas: hiyab, velo, escuela publica, libertad religiosa, islamofobia, sociedad Velos.
La decisión tomada hace dos semanas por el Consejo Escolar del Colegio Camilo José Cela de Pozuelo de Alarcón de expulsar a alumna por llevar el hiyab y su negativa a reformular su reglamento interno para que pueda acceder al mismo y por tanto ejercer su derecho a la educación, vuelve a poner sobre la mesa un debate: el de la presencia, o no, de las diferentes religiones y sus expresiones objetivas en el espacio público.
España impulsa la laicidad positiva, es decir valora el irreemplazable papel de todas las religiones en la formación de las conciencias y su contribución a la creación de un consenso ético fundamental en la sociedad; lo dice la Constitución en su art.16 y lo ratifican diferentes sentencias del Tribunal Constitucional, entre ellas la 15/2001. Éstas señalan que, en su dimensión objetiva, la libertad religiosa en España comporta una doble exigencia; primero la de neutralidad de los poderes públicos, lo que insta a la aconfesionalidad del Estado y segundo, al mantenimiento de relaciones de cooperación de los poderes públicos con las diversas confesiones religiosas.
¿Puede estar el reglamento interno de un centro escolar por encima de las decisiones del Tribunal Constitucional cómo único intérprete de la Constitución? La decisión del Consejo Escolar pone de manifiesto su falta de conocimiento de la legislación española. Han olvidado que nuestra constitución señala que España es un país aconfesional, lo que permite la presencia de todas las confesiones religiosas y de sus manifestaciones en el espacio público, lo cual también incluye las escuelas.
Así mismo han olvidado que de acuerdo con la actual Ley de libertad Religiosa de 1980, el derecho a profesar una creencia incluye el derecho a manifestarse o vestirse de acuerdo a la misma, siempre y cuando no se vulneren otros derechos fundamentales de los demás ni se altere el orden público, como es el caso. ¿Hemos olvidado que el hiyab es la expresión objetiva de una actitud religiosa como es la de el respeto a Allah por parte de la mujer musulmana? ¿No recordamos el significado del temor de Dios?
Este hecho pone a su vez de manifiesto la vulneración del art. 26.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos el cual indica que la educación tendrá por objeto el desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a las libertades fundamentales, siendo una de ellas la libertad religiosa, al tiempo que señala que favorecerá la compresión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos.
En fin, ¿hemos olvidado que el respeto, la tolerancia y la convivencia de las diferentes culturas y religiones son algunos de los valores a trabajar de manera transversal en todas las asignaturas que se imparten en los centros educativos españoles? Josep María Felip es director General de Inmigración. Generalitat Valenciana.

2 comentarios:

Mundo Animal. dijo...

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HOLA, MUY BUENO E INTERESANTE TU POST.
EN ESTE SABADO TE DEJO UN GRAN ABRAZO Y HASTA PRONTOOOO
CHRISSSS
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Maria dijo...

Muchas Gracias CHRISS, por tu comentario, me Alegro te haya parecido interesante el Post. Pasaté por Vivencias, creo que también te va a gustar el Post de hace unos segundos...
Un Gran Abrazo y Hasta Pronto CHRISS